domingo, 4 de abril de 2010

¿GRACIAS CORTE CONSTITUCIONAL?










El pasado viernes 26 de febrero la Corte Constitucional mantuvo en vilo a la nación colombiana mientras debatía la exequibilidad de la Ley 1354 de 2009. Minuto a minuto los medios de comunicación reportaban de todas las maneras posibles cada movimiento de los 9 Magistrados que aparentemente tenían el futuro político del país en sus manos. Casi a la 6 de la tarde la noticia transformó las creencias de opositores y uribistas: El Presidente de la República no podía entrar en la pugna por un tercer periodo presidencial.

El festejo se evidenció en cada uno de los sectores sociales, políticos y súbitos quienes rápidamente, por un lado, se dierono a la tarea de iniciar la cruzada en búsqueda de un nuevo caudillo colombiano y, por el otro, revivieron la fe por la Corte Constitucional y sus fallos en derecho. Las columnas de los comentaristas, los blogs, los grupos de Facebook y todo medio virtual contemporáneo, se esforzaron por analizar la trascendencia del fallo y sus efectos en el proceso electoral que ahora nos mantiene hastiados. Da la impresión el espíritu constitucional de la década de los noventa retomó el valor que años anteriores había perdido. Todo por la abrumadora votación 7-2.

No obstante, nadie se detuvo a reflexionar sobre el verdadero papel que jugó la Corte Constitucional frente al largo proceso que definiría el tercer periodo presidencial de Álvaro Uribe Vélez; papel que se puede describir como inerte, silencioso e inexistente. A pesar de ello, la opinión pública se cegó ante la coyuntura y declaró ese día como el renacimiento de la jurisdicción que desde 1991 se constituyó como la herramienta emancipadora de la sociedad civil en Colombia.

“Gracias Corte Constitucional” fue el enunciado de la semana – luego del terremoto de Chile y del paro de transporte capitalino -. Pero, ¿Qué debemos agradecer?: ¿El hecho que la Corte Constitucional haya cumplido su tarea constitucional sin permitir que el lado oscuro de la política colombiana haya intervenido? ¿La decisión en derecho de los 7 magistrados tal y como está ordenada por el máximo pacto político nacional? ¿Un fallo anunciado para una sociedad civil que conocía de las absurdas irregularidades que rodeaban la promulgación de la Ley? ¿El cumplimiento de las obligaciones constitucionales de los funcionarios públicos? ¿El estudio de las casi 1500 intervenciones ciudadanas? ¿Una votación preocupada por proteger las formalidades para la promulgación de una Ley o el llamado al pueblo soberano? ¿El triunfo de la formalidad del Derecho?

El comunicado de la sentencia C 141 de 2010 no debe destacarse como un hito del derecho constitucional colombiano. Esta afirmación está sustentada en tres hipótesis: (1) Hoy en día las instituciones de control político colombiano deben preocuparse por fracturar la fuerza adquirida por el régimen presidencialista durante los últimos 8 años y re empoderar su responsabilidad constitucional; contrario a ello la Corte Constitucional limitó su poder al no destacar su papel como protector sustancial de la Constitución Política de 1991, limitó a un párrafo la figura de pesos y contrapesos, y dejó claro que actualmente entre el Tribunal Constitucional y la Carta Política no sólo cabe una hoja de papel sino también el interés presidencial. (2) Las decisiones de las Altas Cortes no pueden restringirse a la observancia del derecho formal cuando es evidente la destrucción de la esencia del Estado social de derecho colombiano mediante múltiples reformas constitucionales que han degenerado el pacto político primigenio; no obstante, la sentencia C 141 expresó su desprecio por dicha base al dejar como precedente que su papel debe enfocarse a la operatividad de la Constitución y no a la protección de sus valores y fines (3) La decisión de la Corte Constitucional fue tímida – por no decir cobarde – y deposita la responsabilidad política en la incompetencia legislativa y en sectores políticos que ya se encontraban deslegitimados ante la opinión pública, permitiendo la evasión de los actos cometidos en contra de la institucionalidad colombiana por los verdaderos protagonistas detrás del llamado “Referendo Reeleccionista”.

No doy gracias a la Corte Constitucional porque su comunicado expresó que si el proceso que reforma la Constitución es paciente y respetuoso de la ‘ley’, la Constitución puede ser deformada en su totalidad. La era Uribe no terminó, al contrario, sólo se suspendió hasta nuevo aviso. En cualquier momento un caudillo mejor rodeado jurídica y políticamente puede surgir del océano y terminar con el proyecto emprendido por la Ley 1354.

Ahora, si el hecho que el actual presidente no pueda ser reelecto es un acto de gratitud más que de confianza y respeto a los pactos políticos, entonces doy mi agradecimiento al papel de la Corte Suprema de Justicia, verdadero protagonista del 26 de febrero, en tanto durante los últimos años se arriesgó a abandonar su tradicional solipsismo jurídico y aventuró a combatir molinos de viento, asumiendo su responsabilidad política frente a la crisis del régimen político colombiano. Sin la apertura de investigaciones contra la parapolítica y los congresistas que votan fuera de la legalidad, sin el choque de poder contra el ejecutivo, sin la renuencia a escoger fiscal sin el conocimiento de la suerte del referendo, sin los múltiples comunicados exigiendo respeto a la institucionalidad y sin los fallos en derecho con efectos eminentemente políticos y constitucionales, la Corte Constitucional no hubiera sido obligada a declarar la inexequibilidad de la Ley 1354.

Como siempre, la nación colombiana no tiene historia, vive en el momento, y actualmente vive de la gloria dada por un par de horas de discusión en el Palacio de Justicia que dan como resultado que en las próximas elecciones presidenciales no aparezca el rostro de Álvaro Uribe Vélez. La pregunta es: ¿cuándo volverá a aparecer? Si bien no tengo respuesta, cuando lo haga sé a quién debo agradecer.

Manuela Gonzalez D.

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